Convivencia Escolar

Convivencia Escolar

martes, 6 de julio de 2010

Convivencia Escolar

Es de suma importancia crear conciencia en padres y apoderados, docentes, directivos y alumnos, que una buena clase se debe desarrollar en un buen ambiente, condicionado por la voluntad de todos los implicados antes mencionados, es por esto que la Constitución establece fundamentalmente los siguientes grandes principios de convivencia: a) el de la igualdad de derechos, que implica el respeto a todos como iguales, valorando y resguardando sus diferencias; b) el de la democracia como forma de organización política, que implica resguardar el bien común con diálogo, participación, responsabilidad, autonomía; c) la comunidad como visión de sociedad, que implica aprender a solidarizar y cuidarnos para conquistar metas comunes; d) la justicia y el llamado “debido proceso”, en relación a la forma de establecer las normas y enfrentar las transgresiones a la norma; e) Libertad, que implica aprender a ejercer y respetar la libertad personal sin perjudicar la de los demás.

POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Publicada el año 2003, ofrece un marco de referencia para promover y orientar el desarrollo articulado de estrategias y acciones en favor de la formación en valores, actitudes, conocimientos y habilidades para aprender a convivir, en concordancia con el Marco Curricular y los planes y programas de estudio. Es el horizonte que nos permite construir nuevas formas de relación basados en respeto por la diversidad, participación activa, colaboración, autonomía y solidaridad.

Orienta el ordenamiento de roles, relaciones y responsabilidades que permite a un sistema tan complejo y dinámico como la escuela, cumplir con su misión de entregar educación integral de calidad.

La Política de Convivencia Escolar (2003) plantea 8 principios básicos que toda escuela debe respetar en coherencia con los marcos legales, principios y derechos a los que adhiere nuestro país:

1. Todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derechos.
2. Los niños, niñas y jóvenes son sujetos de derecho.
3. La educación como pleno desarrollo de la persona.
4. Convivencia democrática y construcción de la ciudadanía en la institución escolar.
5. La convivencia escolar es un ámbito de consistencia ética.
6. Respeto y protección de la vida privada y pública, y la honra de la persona y su familia.
7. Igualdad de oportunidades para niños, niñas, mujeres y hombres.
8. Las normas de convivencia son un encuentro entre el derecho y la ética.

El diseño de la Política de Convivencia Escolar (2003) se sustenta y suscribe a los siguientes marcos legales y tratados internacionales:

- La Constitución Política de Chile.
- Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Convención sobre los Derechos del Niño.
- Ley Orgánica de Educación Nº 18.962 de 1990 (Actualmente reemplazada por Ley General de Educación del 2009).
- Decretos Supremos de Educación, Nº 240 de 1999 y Nº 220 de 1998, en lo que respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales.
- Instructivo presidencial sobre participación ciudadana.
- Política de Participación de Padres, Madres, Apoderados y Apoderadas en el sistema educativo. Ministerio de Educación 2000.
- Ley de Subvención Escolar Preferencial.

RESOLUCION DE CONFLICTOS

La Política de Convivencia Escolar (2003) enfatiza la importancia de construir normativas de convivencia y procedimientos de resolución pacífica de conflictos para atender a la complejidad y dinamismo de la convivencia de manera óptima y formativa.

Enfatiza la relevancia de construir con normas y límites claros y conocidos por todas y todos los actores, no para eliminar los conflictos- inherentes al acto de vivir con otros y otras-, sino para reducir la arbitrariedad en el manejo de los procedimientos disciplinarios. Visualiza los conflictos como oportunidades de crecimiento tanto para las personas como para el contexto en que se producen, siempre y cuando sean bien abordados, y por ello establece la necesidad de favorecer formas pacíficas de resolución, las cuales requieren del desarrollo de habilidades como la escucha activa, el diálogo, la empatía, asertividad y colaboración, entre otras, integradas al currículum escolar.

BULLYING

El acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar o, incluso, por su término inglés bullying) es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Estadísticamente, el tipo de violencia dominante es el emocional y se da mayoritariamente en el aula y patio de los centros escolares. Los protagonistas de los casos de acoso escolar suelen ser niños y niñas en proceso de entrada en la adolescencia (12-13 años), siendo ligeramente mayor el porcentaje de niñas en el perfil de víctimas.
El acoso escolar es una forma característica y extrema de violencia escolar.
El acoso escolar es una especie de tortura, metódica y sistemática, en la que el agresor sume a la víctima, a menudo con el silencio, la indiferencia o la complicidad de otros compañeros.1
Este tipo de violencia escolar se caracteriza, por tanto, por una reiteración encaminada a conseguir la intimidación de la víctima, implicando un abuso de poder en tanto que es ejercida por un agresor más fuerte (ya sea esta fortaleza real o percibida subjetivamente) que aquella. El sujeto maltratado queda, así, expuesto física y emocionalmente ante el sujeto maltratador, generándose como consecuencia una serie de secuelas psicológicas (aunque estas no formen parte del diagnóstico); es común que el acosado viva aterrorizado con la idea de asistir a la escuela y que se muestre muy nervioso, triste y solitario en su vida cotidiana. En algunos casos, la dureza de la situación puede acarrear pensamientos sobre el suicidio.

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